






![]() |   > ¿Puedo anular mi billete? |
Transporte aéreo. Los billetes de avión, tanto si son adquiridos en una agencia de viaje como directamente en las compañías aéreas, son nominales, es decir, que únicamente pueden ser utilizados por su titular, que se encargará de realizar la reserva y efectuar el pago cuando vaya a recogerlo. En caso de que ese titular no pueda realizar el vuelo, tiene derecho a anular el billete y recuperar el dinero, aunque deberá pagar un gravamen de entre un 25% y un 50%, en función de la fecha de la cancelación. Además, es importante informarse antes, ya que esto no sucede con todos los billetes, y algunos no se pueden devolver porque forman parte de ofertas especiales o de paquetes de viajes combinados. Si es la compañía la que decide anular o suspender el vuelo, deberá facilitar al usuario afectado la posibilidad de elegir entre la devolución del importe completo del billete o bien una alternativa de viaje hacia su destino. Asimismo, está obligada a ofrecerle comida, bebida y un alojamiento cuando sea necesario. Si la empresa no ha comunicado la anulación con suficiente antelación y no ofrece un transporte alternativo en un horario conveniente al usuario, deberá compensarle también en caso de denegarle el embarque por "overbooking" u otros problemas. Tanto las compensaciones como las devoluciones deben hacerse efectivas en un plazo de siete días a partir del momento de la anulación y podrán realizarse en metálico, mediante un cheque, una transferencia bancaria o bonos de viaje. Página siguiente: Transporte ferroviario. |







