






![]() |   > El cambio de moneda. |
Las casas de cambio. Actúan de manera muy parecida a las entidades bancarias. En nuestro país hay varias que se dedican a esta actividad y para operar recurren al Banco de España con el fin de conocer el tipo de cambio, y aplicar después una comisión dependiendo de la divisa que se trate. En Global Exchange, con oficinas en cinco países, utilizan el tipo de cambio publicado por el Banco de España como referencia para establecer un margen para la compra de la moneda y otro más ventajoso para su venta. Se penaliza con más margen a las monedas exóticas o poco habituales, según afirma su presidente. Otras empresas de cambio cobran, además, una comisión fija por cada operación realizada. Para solicitar el cambio de moneda en estas oficinas es necesario presentar el DNI, NIE o pasaporte en todas las operaciones que superen los 3.000 euros. Si se quiere cambiar más de 6.000 euros de una sola vez, o bien por una misma persona en un trimestre, se le solicitará además el domicilio temporal o permanente en España. En todos los casos se incluirá siempre la dirección en el recibo. Si el cliente se niega a proporcionar los datos, la operación no se realizará pero quedará registrada como no ejecutada. Página anterior: Recurrir al banco. Página siguiente: Sacar dinero con la tarjeta de crédito o débito. |







